4
mecanismos de control sobre los mismos. Sin embargo, la supervisión y evaluación de los
programas es débil y poco efectiva. Por ello es necesario promover en las instituciones
mejoras sustantivas en la verificación y evaluación de resultados; con base en indicadores de
eficiencia y eficacia.
3
Cooperación Internacional: retos de la administración de
recursos
La cooperación internacional es un componente de las relaciones internacionales, y por su
medio se comparten conocimientos y experiencias, y se transfieren recursos financieros, para
complementar la atención de problemas y carencias. Durante décadas el país ha recibido
flujos significativos de recursos de cooperación internacional. Entre 2000-2005, se recibió un
total de US$3.354,6 millones (3,2% del PIB)
1
; sin embargo, no se cuenta con una ley dedicada
en forma específica a regular la cooperación internacional, y la regulación está diseminada
en leyes y decretos ejecutivos diversos.
Se ha analizado la posibilidad de constituir una agencia de cooperación internacional
2
, que
centralice toda la información sobre la cooperación internacional gestionada por el Estado,
busque cooperación, ejecute proyectos concretos de cooperación y atienda necesidades de
cooperación técnica.
En este marco es fundamental que las autoridades ponderen, cuidadosamente, tres
elementos: el diseño institucional existente y por concretar; la jurisprudencia relacionada con
la diferencia entre fondos públicos y fondos privados; la transparencia y evaluación de los
recursos de la cooperación internacional.
Adicionalmente, en relación con los fondos de la cooperación internacional que son
administrados privadamente, y partiendo de la idea de que frente a estos recursos, el espacio
que actualmente concede el ordenamiento jurídico no permite un despliegue en toda su
extensión de las competencias de fiscalización de la CGR y las Auditorías Internas, es nuestro
criterio que las decisiones políticas superiores deben tener claridad de las reglas a adoptar
para el manejo de la cooperación, y el marco mínimo a solicitar y concertar con los organismos
cooperantes para la gestión, control, fiscalización, evaluación y rendición de cuentas de los
fondos, sin el cual se debe evaluar si procede o no la obtención de esos recursos de
cooperación internacional.
Si bien la CGR no objeta,
per se
, el diseño y ejecución de diversas formas de administración
de los recursos, es claro que a lo largo de los últimos años buena parte del control político y
ciudadano se ha orientado a demandar un mínimo de controles exigibles para estos recursos.
1
MIDEPLAN. Diagnóstico de la Cooperación Internacional en Costa Rica 2000-2005. San José, Costa Rica, 2007,
p.48. En http://www.mideplan.go.cr
2
MIDEPLAN llevó a cabo en el año 2007, un diagnóstico del sistema de cooperación internacional que opera en
Costa Rica. Entre los resultados y conclusiones más relevantes del estudio, no se incluye la constitución de una nueva
dependencia que asuma tareas que el ordenamiento ha depositado primordialmente en MIDEPLAN y en menor
grado en el MRREE. (MIDEPLAN, 2007).